@Plan_INFOCA prohíbe las barbacoas y quemas en zona forestal por alto peligro de incendio
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El Plan Infoca, un año más, pide la colaboración de la ciudadanía y de agricultores en la prevención de siniestros forestales con prohibiciones expresas del 1 de junio al 15 de octubre
La realización de barbacoas y quemas agrícolas y el paso de vehículos a motor por espacios forestales y zonas de influencia forestal (terrenos circundantes en una franja de 400 metros) quedan prohibidos del 1 de junio al 15 de octubre por tratarse de una época de alto riesgo de incendios forestales en Andalucía. La medida está regulada en función de la orden publicada en BOJA el 29 de mayo de 2009, que ya con carácter permanente establece las prohibiciones en este periodo para todas las anualidades posteriores a su publicación.
La finalidad de esta orden es evitar que cualquier negligencia pueda provocar un incendio forestal durante esta época en la que, por sus características meteorológicas, el peligro y propagación de los incendios aumentan de forma considerable. Las restricciones afectan a la quema de vegetación natural y también a las de residuos agrícolas y forestales. Del mismo modo, también queda prohibido encender fuego para la preparación de alimentos, incluyendo las zonas de acampada o recreativas que estén acondicionadas para ello. Igualmente, se restringe el uso de vehículos a motor por zonas forestales y de influencia forestal.
A partir del 1 de junio, las condiciones meteorológicas en Andalucía se vuelven muy extremas, con períodos de altas temperaturas y baja humedad relativa, lo que favorece el estrés hídrico de la vegetación y, en consecuencia, una mayor propagación de los incendios en caso de que estos se produzcan. Por ello, desde la dirección del Plan Infoca se solicita la máxima colaboración ciudadana con objeto de evitar el mayor número de siniestros forestales posible. Y recuerda que ante cualquier atisbo de humo, se ruega a la población que utilice el teléfono de emergencias 112 para dar aviso, al tiempo que mantengan una actitud responsable en el monte, no arrojando basuras, ni colillas, y respetando las prohibiciones establecidas.
En cuanto a las quemas fuera de las terrenos forestales o de influencia forestal, pero que se lleven a cabo en espacios calificados por la normativa de incendios como Zona de Peligro, deberán ser comunicadas previamente a la Delegación Territorial de cada provincia, y habrán de finalizar a las 18.00 horas de cualquier día de la semana. En el caso de terrenos que no se ubiquen ni en zonas forestales o de influencia forestal, ni estén catalogados como zonas de peligro, no serán necesarias las peticiones de autorizaciones o comunicaciones para efectuar las quemas.






